El dictamen a las cuotas obrero patronales enteradas al IMSS, es el documento emitido por un contador publico autorizado que ha demostrado la capacidad en el ejercicio profesional independiente en materia del pago de cuotas al IMSS.
El contador público autorizado para tales efectos es un profesionista colegiado que tiene un registro para emitir dictámenes ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
El dictamen para efectos del IMSS es obligatorio para todas aquellas empresas con 300 empleados o más, pero puede ser opcional para aquellas empresas que tengan menos de 300 trabajadores.
Las empresas que se dictaminan para efectos del IMSS, gozaran del beneficio de no recibir auditorias por parte del instituto por el ejercicio dictaminado Además de que no le serán emitidas cédulas de diferencias (SIVEPAS) siempre y cuando el dictamen ya haya sido presentado
El dictamen proporciona a las empresas la seguridad y tranquilidad de que están cumpliendo adecuadamente con el pago de cuotas al IMSS y que es una materia muy técnica y de difícil seguimiento por lo complejo que resulta al determinar de forma correcta el salario base de cotización de los trabajadores y el cumplimiento en materia de avisos al instituto que el patrón está obligado a presentar. DESDE 1993, FECHA EN LA QUE SE INICIÓ DE MANERA FORMAL LA EMISIÓN DE UN DICTAMEN EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL, HEMOS TRABAJADO INTENSAMENTE EN BENEFICIO DE LAS EMPRESAS, MANTENIÉNDONOS SIEMPRE A LA VARGUARDIA, PRO LO QUE PODEMOS DECIR CON TODA CERTEZA QUE CONTAMOS CON LA MÁS AMPLIA EXPERIENCIA EN ESTA MATERIA. 1.- ¿Cómo puedo saber si un contador público cuenta con la autorización del IMSS y si tiene la capacidad para emitir un dictamen de cuotas al IMSS? R. En el portal del IMSS existe una lista de contadores públicos autorizados a los que el instituto exige una constancia de capacitación emitida por su colegio profesional y con la que se acredita que tomo la capacitación y actualización en materia del IMSS y su dictamen. Si el contador público aparece en esa lista, cuenta con la autorización y capacitación que se requiere para emitir un dictamen para efectos del IMSS.
2.- ¿Cuándo se presenta el aviso y el dictamen?
R. El aviso se presenta a más tardar el 30 de abril del ejercicio siguiente y el dictamen a más tardar el 30 de septiembre siguiente al de la presentación del aviso.
3.- ¿Cómo saber si mi empresa está obligada a dictaminarse para efectos de IMSS?
R. Si en el ejercicio inmediato anterior su empresa mantuvo un promedio mensual de 300 trabajadores o más, estará obligada a dictaminar el ejercicio posterior independientemente del número de trabajadores que hayan tenido en el ejercicio a dictaminar.
4.- ¿Qué debo hacer para dictaminar mi empresa por contador público para efectos del IMSS?
R. a) Determinar si la empresa está obligada al dictamen o desea hacerlo voluntariamente.
b) Buscar a un despacho o contador público especialista y que cuente con autorización del IMSS, para realizar este trabajo.
c) Presentar el aviso correspondiente a más tardar el 30 de abril del ejercicio siguiente al que se desea dictaminar.
5.- ¿Qué es un dictamen de contador público para efectos del IMSS?
R. Es el documento que emite un contador público especialista en la revisión del correcto pago de cuotas al IMSS que afectar al instituto las personas morales y personas físicas que cuenta con trabajadores.EN EL SERVICIO DE DICTAMEN IMSS
El próximo 30 de abril vence el plazo para presentar el aviso de dictamen de Contador Público independiente a las cuotas obrero patronales enteradas al IMMS, así como el dictamen a las cuotas enterdas al INFONAVIT. El dictamen IMSS es obligatorio o voluntario atendiendo a los límites arriba mencionados, en tanto que el dictamen INFONAVIT es voluntario solamente. Haz una revisión de tu empresa en base a los supuestos de obligatoriedad arriba mencionados o si tienes algún aspecto que corregir en el cumplimiento de tus obligaciones, valora esta herramienta como una posibilidad para corregirte, sin multas ni sanciones.
Auditoria IMSS. Observaciones importantes al dictamen 2023¿Sorpresas en la auditoria IMSS 2023? No; resulta que desde 2021 el IMSS ha solicitado información muy detallada a todos los contadores Públicos que dictaminan las cuotas obrero patronales pagadas por los patrones, respecto de la contratación de servicios especializados realizados por el patrón dictaminado, y que van encaminadas fundamentalmente a que el Contador Público que dictamina se cerciore que el patrón haya cumplido debidamente con la obligación verificar el aseguramiento y debido registro de los trabajadores subcontratados ante el IMSS, y del cumplimiento de las obligaciones ante el REPSE, del contratista.
En la práctica hemos visto que es común que los patrones en general que saben de esa responsabilidad, únicamente piden al subcontratista que le suministra servicios de personal especializado, su inscripción ante el REPSE, y eventualmente los pagos que este realiza al IMSS por los trabajadores que le suministra; pero esto no es suficiente y menos cuando el patrón se va a dictaminar por Contador Público ante el IMSS.
Cuando un patrón se dictamina por primera vez se enfrenta a la realidad de que no tiene la información suficiente respecto de los subcontratistas y personal de terceros que le proveen servicios especializados, como Nombre completo o razón social de todos y cada uno de sus prestadores de servicios, RFC, Registro Patronal, registro actualizado ante el REPSE, información ACTUALIZADA presentada por ellos ante el ICSOE y SISUB, Contrato de servicios, e información específica de los trabajadores que ingresan a sus instalaciones, como RFC, Número de afiliación, trabajo o actividad que desempeña, sueldo que percibe, salario base de cotización, liquidaciones de pagos al IMSS realizados por su patrón actualizadas, y un sin número de requisitos más que se detallan en uno de los anexos del auditoria IMSS, que dejo en esta liga para su consulta, y que debe conocer toda persona o empresa que subcontrate servicios especializados porque corre el riesgo de incurrir en responsabilidad solidaria ante el IMSS en caso de que el patrón contratista o subcontratista no cumpla con todas las obligaciones laborales y de seguridad social de sus trabajadores.
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También el Contador Público que dictamina al patrón para efectos del IMSS, sobre el debido cumplimiento de sus obligaciones de pago, debe verificar documentalmente que este se cercioró que los patrones subcontratados por él también cumplieron con todas sus obligaciones en materia laboral, de afiliación y pago de cuotas ante el IMSS, e INFONAVIT.
El Contador Público que emite un auditoria IMSS firma atestiguamientos donde manifiesta ante el IMSS haber seguido todos los procedimientos de auditoría que le permitieron cerciorarse que el patrón dictaminado vigilo a su vez el debido cumplimiento de todas las obligaciones de sus prestadores de servicios especializados o subcontratados y de no hacerlo dicho Contador Público, puede ser sancionado en su ejercicio profesional mediante una amonestación hasta con la pérdida de su registro, según la gravedad del caso.
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Un patrón debe contar con información detallada de todos sus subcontratistas, incluyendo nombres, RFC, registros patronales, comprobantes de afiliación actualizados ante el REPSE, y datos específicos de los trabajadores, como RFC, número de afiliación y salarios.
El Contador Público debe verificar que el patrón cumpla con todas sus obligaciones ante el IMSS y que también se haya asegurado de que sus subcontratistas hayan cumplido con las obligaciones laborales y de seguridad social.
Si un patrón no cumple con las obligaciones laborales y de seguridad social de sus trabajadores subcontratados, puede incurrir en responsabilidad solidaria ante el IMSS, lo que implica que podría ser considerado responsable por las deudas o incumplimientos de sus contratistas.
Un Contador Público que no verifique debidamente el cumplimiento de las obligaciones de su cliente puede enfrentar sanciones, que van desde amonestaciones hasta la pérdida de su registro profesional, dependiendo de la gravedad de la omisión.